Países de la CAN son autónomos para registrar o rechazar patentes (2:49 p.m.)
09 de Septiembre de 2011
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Nota:
75251
La Sección Primera del Consejo de Estado recordó la autonomía que tienen los países de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) para aprobar o negar el registro de patentes. Este privilegio de independencia significa que el registro de una patente en uno de los países de la comunidad no implica un registro automático en otro país miembro, precisó la corporación. Esta misma regla opera para los rechazos de inscripciones de patentes: un país puede negar el registro, pero otro lo puede aprobar, sin que haya un conflicto de reglas al interior de la CAN. Igualmente, la sección reiteró que esta autonomía también opera en relación con las decisiones de países externos a la CAN (C. P. Marco Antonio Velilla).
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