Pagos hechos a persona distinta al liquidador son ineficaces (4:22 p.m.)
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22 de Julio de 2013
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De acuerdo con lo previsto en el numeral 10 del artículo 50 de la Ley 1116 del 2006, sobre efectos de apertura del proceso de liquidación judicial, el juez del concurso prevendrá a los deudores en el sentido de que solo podrán realizar pagos al liquidador, de manera que los pagos hechos a personas distintas serán ineficaces, indicó la Superintendencia de Sociedades. Aunque el legislador en este caso optó por la ineficacia, el Código Civil considera nulos los pagos hechos al deudor insolvente, por tratarse de un fraude a los acreedores.
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