Medidas de insolvencia para personas naturales no comerciantes no aplican si son controlantes (10:05 a.m.)
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23 de Abril de 2018
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Las medidas que prevé el artículo 531 del Código de Comercio, en relación con la insolvencia de la persona natural no comerciante, son aplicables salvo que las mismas tengan la condición de controlantes de sociedades mercantiles o que formen parte de un grupo empresarial, en cuyo caso están sometidas al régimen de insolvencia consagrado en la Ley 1116 del 2016. Teniendo en cuenta el ejercicio propio del control societario, indicó la Superintendencia de Sociedades, es posible que la situación de una compañía afecte de una u otra manera a las restantes, en especial cuando se han otorgado garantías o colaterales recíprocos. Así las cosas, es probable que la insolvencia de una compañía afecte o arrastre a otras y, por ende, todas deben acceder al mecanismo de manera conjunta.
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