Mercantil
Manual de ética y conducta para auxiliares de la justicia en la Supersociedades
26 de Enero de 2016
La Superintendencia de Sociedades acaba de expedir el manual de ética y conducta profesional para los auxiliares de la justicia y para cualquier persona que sea designada como promotor, liquidador o agente interventor.
Según la norma, el aspirante a formar parte de la lista deberá adherirse de manera expresa al manual en el momento en que se inscriba, así como los representantes legales de entidades en proceso de reorganización o las personas naturales comerciantes en ese mismo proceso a quienes se les asignen las funciones de promotor, liquidador o agente interventor, en el momento en que se posesionen en el cargo.
La norma enumera los deberes de los auxiliares de la justicia:
1. Deber de buena fe
2. Deber de diligencia
3. Deber de lealtad
4. Deber de actuar conforme a las reglas del debido proceso
5. Deber de imparcialidad
6. Deberes de eficacia y eficiencia en la gestión
8. Deber de información de conductas ilícitas a las autoridades
9. Deber de confidencialidad
10. Deber de transparencia
11. Deber de respeto
Igualmente, señala puntualmente las causales de incumplimiento de las funciones, entre las cuales están: incumplir de manera reiterada las órdenes del juez del concurso o del funcionario a cargo de la intervención y no informar que está incurso en una situación de conflicto de interés, así como haber hecho uso indebido de información privilegiada.
Finalmente, se regula lo concerniente a conflictos de interés; conductas contrarias a la ética de los auxiliares y la remoción, sustitución y exclusión de la lista.
Superintendencia de Sociedades, Resolución 100000083, Ene. 19/16
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