Mercantil
Ligas y asociaciones de consumidores no pueden realizar inspecciones administrativas
06 de Febrero de 2013
Si bien dentro de las funciones de las ligas y asociaciones de consumidores está promover los derechos del consumidor, estas no tienen facultades administrativas en materia de protección y, por lo tanto, no pueden realizar inspecciones administrativas, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio.
La facultad de investigar, que incluye la práctica de visitas y sanciones por la violación de normas de protección al consumidor, está en cabeza de la superintendencia y de los alcaldes, recordó la entidad.
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 1141 de 1982, algunas de las funciones a cargo de las ligas y asociaciones de consumidores son:
- Velar por la eficacia de los organismos y entidades que establezca la ley para la defensa de los derechos de los consumidores.
- Observar las normas sobre precios dictadas por las autoridades gubernamentales y la racionalidad de los establecidos por los proveedores.
- Acatar las normas sobre tarifas de servicios públicos.
- Verificar la exactitud de pesas, medidas y volúmenes de productos y mercancías.
- Proteger a los arrendatarios de bienes muebles e inmuebles y observar las normas sobre el contrato de arrendamiento.
- Procurar equidad en las condiciones de los sistemas de financiación en las operaciones de compra y venta.
- Velar por el abastecimiento suficiente de los mercados y el mantenimiento de una oferta normal de bienes y servicios.
- Impulsar la afiliación de consumidores a las ligas organizadas y la organización de nuevas ligas.
(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 12215178, dic. 21/12)
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