Insolvencia de la persona natural con condición de controlante se rige por la Ley 1116 del 2006 (10:36 a.m.)
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06 de Diciembre de 2017
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 1116 del 2006, la presentación de la solicitud de inicio de un proceso de insolvencia exige la elaboración de un inventario detallado tanto de los activos como de los pasivos del deudor insolvente, con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Esta exigencia de presentar todos bienes de la persona incluye los fideicomitidos, indicó la Superintendencia de Sociedades. Las reglas dispuestas en el procedimiento de persona natural no comerciante no se aplican a aquellas que tienen la condición de controlantes de sociedades mercantiles o que formen parte de un grupo empresarial.
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