Mercantil
Informe sobre situación económica de la compañía a cargo de junta directiva está vigente
13 de Abril de 2016
La obligación a cargo de la junta directiva de emitir un informe sobre la situación económica y financiera de la compañía, prevista en el numeral 3 del artículo 446 del Código de Comercio, supera la descripción contable para adicionar su impacto a terrenos de importancia en el gobierno corporativo y prácticas de transparencia, por lo que sigue vigente y no fue sustituida o incorporada mediante la Ley 222 de 1995, precisó la Superintendencia de Sociedades.
Igual apreciación realizó respecto al numeral 4º de la citada norma, porque se erige en una obligación para el representante legal presentar una evaluación de su gestión y la recomendación sobre medidas que al máximo órgano social le correspondería adoptar.
En cuanto a la interpretación según la cual todas las normas que hagan referencia a estados financieros o información financiera se entienden sustituidas por las reglas de los nuevos marcos normativos contables, indicó que no es posible afirmar que los decretos reglamentarios de la Ley 1314 del 2009 tengan la suficiente entidad para modificar derechos y obligaciones estructuradas en el marco de los principios de transparencia y buen gobierno que inspiran las reglas propias del derecho societario.
Así las cosas, explicó, con la aplicación de las normas internacionales de información financiera se avanza hacía unos estándares de aceptación mundial, alineados con las mejores prácticas internacionales. Sin embargo, las mismas no modificaron las reglas de funcionamiento de la sociedad.
En ese sentido, afirmó, existen derechos de los accionistas y obligaciones de carácter legal a cargo de los administradores que permanecen y no pueden examinarse a la luz de los marcos contables, sino en el contexto de la estructura jurídica societaria.
Supersociedades, Concepto 220-53285, mar. 11/16
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