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Información suministrada al consumidor en un idioma diferente al español podría inducirlo a error

08 de Octubre de 2015

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La información que debe brindarse al consumidor tienen como finalidad que este conozca las características del producto o servicio, tales como su peso, componentes, usos, mantenimiento, incluso los posibles riesgos que pueden derivarse, por lo que la misma debe ser clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea.

 

En este sentido, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio, la información suministrada en un idioma diferente al español, en principio, no cumple con el requisito de suficiente y, eventualmente, podría inducir a error, en la medida que no pueda ser comprendida por el consumidor colombiano.

 

No obstante, existen palabras provenientes de otros idiomas que son frecuentemente utilizadas por los hispanohablantes y, en virtud de su uso, pueden llegar a incorporarse a nuestro idioma, como extranjerismos, aun existiendo palabras equivalentes en el idioma español, tales como software, ballet o airbag. 

 

En todo caso, indicó la entidad, al evaluar si una publicidad es engañosa no solo se tiene en cuenta el contenido gramatical, sino la noción del consumidor medio o racional (Vea: Condiciones ordinarias y habituales del mercado dependen de cada producto o servicio).

 

(Superindustria y Comercio, Concepto 15194323, Oct.7/15)

 

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