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Mercantil


Información sobre el producto debe ser clara y suficiente, sin dar lugar a interpretaciones complejas

Los anuncios publicitarios deben ser juzgados según su contenido y el significado que el consumidor les atribuiría por sentido común
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06 de Mayo de 2015

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La información que se brinda al consumidor acerca de los componentes y propiedades de los bienes y servicios que se ofrezcan debe ser aquella que ordinaria o regularmente se considera necesaria e idónea, para que el consumidor común se forme una idea de la oferta y tome una decisión sobre aceptarla o rechazarla.

 

Por lo tanto, no se deben indicar en la publicidad todos los aspectos relacionados con el producto o el servicio, sino que la información relacionada con los componentes o las propiedades del mismo debe ser bastante o la necesaria para el fin que se emplea, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

Esta diferencia es de suma importancia, agregó la entidad, pues el principio de suficiencia obliga a que, en cada caso particular, se deba analizar si la información transmitida es o no la ordinaria que el consumidor necesita para conocer las características objetivas de la oferta que se anuncia.

 

Así las cosas, los anuncios publicitarios deben ser juzgados según su contenido y el significado que el consumidor les atribuiría, al sentido común y usual de las palabras, frases y oraciones, sin tener que recurrir a interpretaciones sofisticadas, complejas o forzadas, separando los elementos puramente creativos de aquellos objetivamente comprobables y creíbles.  

 

Publicidad engañosa

 

En tal sentido, señaló la superintendencia, es indispensable conocer a fondo la realidad del producto al que se refiere la publicidad, para así poder determinar si las promesas en el que se soportan son ciertas y comprobables. Si al enfrentar el mensaje con la realidad objetiva se concluye que estos no concuerdan, se tendrá que este es literalmente falso y, por regla general, engañoso.

 

La normativa sobre publicidad engañosa busca que los consumidores a los cuales se dirigen los anuncios adopten una posición razonable frente a los mismos, dándole a la información que les es transmitida una interpretación natural y obvia, sin llegar a ser profunda, científica y técnica.

 

Para saber si una pieza publicitaria es o no engañosa, se debe partir por establecer si los elementos objetivos del mensaje concuerdan con la realidad del producto y si dicha información es suficiente para que un consumidor racional se forme una idea correcta del bien o servicio que se anuncia, recordó.

 

(Superindustria y Comercio, Concepto 15038984, abril 9 - 15)

 

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