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Giro habitual de cheques sin fondos da lugar a reporte “por mal manejo” en bancos de datos

12 de Mayo de 2014

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El reporte a los operadores de bancos de datos con la anotación “por mal manejo” solo procede cuando existe incumplimiento de obligaciones en las cuales no se pueden computar los tiempos de mora, como cuando el cliente de manera permanente y habitual gira cheques sin fondos suficientes para que la entidad financiera atienda el pago o por la realización de operaciones o transacciones que el establecimiento considera inusuales o sospechosas.

 

Así lo señaló la Superintendencia Financiera, al precisar la aplicación del artículo 3° del Decreto 2952 de 2010, reglamentario de la Ley de Hábeas Data (Ley 1266 del 2008).

 

Según la entidad, en estos casos, los bancos podrían ser utilizados para el ocultamiento o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o destinadas a su financiación, o para brindar legalidad a actividades delictivas o transacciones y fondos vinculados con las mismas, siendo, a su vez, causales objetivas para negar el servicio.

 

De acuerdo con la norma, la falta de pago oportuno en operaciones activas de crédito, como sería el caso de un sobregiro en cuenta corriente, crédito rotatorio con tarjetas de crédito y préstamos de consumo, no puede generar un reporte con la mencionada anotación, pues se impondría al titular de la información doble sanción por la misma causa.

 

En este evento, el primer castigo sería cuatro años de permanencia que tendría que soportar por la anotación del supuesto “mal manejo” y el segundo por el tiempo de permanencia derivada de la mora por la falta del pago oportuno con el doble del tiempo, si la mora es inferior a dos años, o con una permanencia de cuatro años, si es igual o superior a dos años.

 

(Superfinanciera, Cpto. 2014022181, mar. 25/14)

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