Fuentes de información crediticia deben enviar comunicación al titular antes de realizar el reporte negativo (3:35 p.m.)
26 de Febrero de 2018
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Nota:
60050
Ante el incumplimiento de las obligaciones insolutas (no pagadas) de cualquier naturaleza por parte del titular de la información, las fuentes de información pueden realizar el reporte negativo, previa comunicación al titular, con el fin de que este pueda demostrar o efectuar el pago de la obligación, así como controvertir aspectos tales como el monto de la obligación o cuota y la fecha de exigibilidad, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Así las cosas, la fuente de información debe enviar una comunicación al deudor o codeudor de manera individual por lo menos con veinte días calendario anteriores al reporte. Esta comunicación puede enviarse sin la exigencia del correo certificado, a través de los extractos periódicos que las fuentes envían a sus clientes o de mensajes de datos, en los términos de la Ley 527 de 1999.
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