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Facultad del juez para interpretar la demanda también incluye a la justicia arbitral (8:00 a.m.)

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12 de Abril de 2013

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El Consejo de Estado reiteró que la causal de anulación de un laudo arbitral fundada en que este haya recaído sobre puntos no sujetos a la decisión de los árbitros se relaciona con la extralimitación o exceso en la órbita de competencia que la Constitución y la ley, el pacto o convención arbitral y la relación jurídico procesal de las partes con la convocatoria del tribunal les otorga a los árbitros como materia de conocimiento y decisión. En el caso concreto, la Sala encontró que el Tribunal que profirió el laudo hizo uso de la facultad - deber que le asiste al juez para interpretar la demanda y que, desde luego, también incluye a la justicia arbitral, por lo que fue legítima su actuación para delimitar su competencia y establecer el alcance de la demanda (C.P. Hernán Andrade Rincón).

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