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Actualizado hace 16 minutes | ISSN: 2805-6396

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Establecen medidas de protección para consumidores de ‘roaming’ internacional

22 de Agosto de 2013

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Nota:
23411

La Comisión de Regulación de Comunicaciones  expidió la Resolución 4295, que regula la opción que tiene el usuario de elegir libremente el tiempo y el límite del gasto del roaming internacional y el fortalecimiento del mecanismo de atención vía mensajes de texto.

 

De acuerdo con esta norma, los usuarios pueden establecer límites de consumo diario o mensual y, de manera expresa y en acto separado, aceptar planes sin límite de gasto. Así mismo, se les deberá informar la posibilidad de elegir dichos límites, en términos de tiempo de activación y gasto.

 

Durante la prestación del servicio, el usuario deberá recibir diariamente un mensaje corto de texto (SMS) en el que se le informe el consumo en pesos y el saldo disponible, cuando este aplique. También se le enviarán alertas, cuando el uso del servicio llegue al 80 % del límite elegido.

 

Vale la pena destacar que los operadores móviles solo podrán activar el servicio internacional si existe solicitud previa y expresa del usuario que celebró el contrato, a través de cualquier mecanismo de atención.

 

Fortalecimiento de atención al usuario vía SMS

Los operadores también deberán informarles a sus usuarios la posibilidad de enviar la palabra queja al código 85432, con el fin que se le contacte a más tardar al siguiente día calendario, para que pueda presentar una queja o reclamo.

 

El operador informará dicha posibilidad mediante los mecanismos que tenga establecido para ello. Adicionalmente, deberá enviar un mensaje a cada usuario una vez al mes, hasta diciembre del 2013, y, posteriormente, al menos una vez cada tres meses, en el que informe sobre la posibilidad de usar este medio para ser contactado y poner la queja respectiva.

 

(Comisión de Regulación de Comunicaciones, Resolución 4295, ago. 14/13)

 

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