Mercantil
Empresas deben inscribir bases de datos personales de empleados y clientes
03 de Octubre de 2014
Las empresas deben inscribir todas las bases de datos, entre ellas las que utilicen para almacenar datos personales de clientes y empleados, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria).
Lo anterior, teniendo en cuenta el ámbito de aplicación de la Ley 1581 del 2012 (Ley de Hábeas Data), en relación con las bases que contengan datos personales, cuyo tratamiento automatizado o manual se realice por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas.
Según la entidad, todas las bases reguladas por la ley deben inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos, sin importar la naturaleza del responsable o encargado del tratamiento.
Para realizar el registro, los interesados deben aportar a la Superindustria las políticas de tratamiento de la información. El incumplimiento de este deber acarreará las sanciones correspondientes.
El Registro Nacional de Bases de Datos, que es el directorio público de las bases sujetas a tratamiento que operan en el país, es de libre consulta para los ciudadanos, recordó la entidad.
(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 14120012, jul. 18/14)
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