Empresarios tendrán tres días para reportar productos inseguros ante la SIC (3:12 p.m.)
31 de Octubre de 2016
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Importadores, fabricantes, distribuidores y comercializadores de juguetes para niños, dispositivos electrónicos o vehículos, entre otros productos que puedan o hayan causado perjuicio a la salud, tendrán hasta tres días calendario, a partir del momento en que conozcan el caso, para reportar este tipo de bienes inseguros ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Así lo indica el Decreto 679 del 2016 expedido por el Ministerio de Comercio y que entró en vigencia el pasado 27 de octubre. En la norma se impone la obligación a los empresarios del país de informar a la SIC, para que se tomen las medidas que sean pertinentes para evitar perjuicios en los consumidores. En el acto administrativo se excluyen los servicios y los productos nocivos como cigarrillos y alcohol y los que resultan esencialmente peligrosos, como sustancias químicas, a menos que también tengan un defecto. Dicha regulación señala los posibles medios por los cuales se pueda identificar el defecto del bien, enuncia las posibles medidas correctivas a tomar dependiendo de si se tiene la calidad de importador, fabricante, distribuidor o comercializador, se señala el contenido del plan de acción que informa sobre el bien defectuoso y se formaliza la base datos existente en la SIC para productos sobre los cuales se han tomado medidas correctivas.
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