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Deudor e inversionista pueden pedir autorización para vender la sociedad en reorganización (2:58 p.m.)

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06 de Febrero de 2018

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Con la solicitud del proceso de reorganización comienzan a surtirse efectos frente a terceros, socios o accionistas y sus administradores, en la medida en que las facultades de disposición quedan limitadas, pues no es posible realizar operaciones que no correspondan al giro ordinario de los negocios, como sería el caso de la venta de la empresa en reorganización, para lo cual sería necesaria la autorización previa y expresa del juez del concurso, según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1116 del 2006, indicó la Superintendencia de Sociedades. Así las cosas, una posibilidad es que los interesados (deudor e inversionista) presenten a consideración del juez del concurso solicitud de autorización para efectuar la enajenación. En este caso, también se debe contemplar en la petición el desistimiento del proceso jurisdiccional concursal, si es que el nuevo inversionista no requiere seguir con el proceso de reorganización.

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