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Actualizado hace 37 minutes | ISSN: 2805-6396

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Derecho de veto podría ser usado de manera ilegítima por el accionista minoritario

04 de Junio de 2015

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La pauta de conducta prevista en el artículo 43 de la Ley 1258 del 2008 (abuso del derecho), según la cual se considera abusivo el voto ejercido con el propósito de causar daño a la compañía o a otros accionistas o de obtener para sí o para un tercero ventaja injustificada, es aplicable al momento de juzgar la manera en que un accionista minoritario ha usado el derecho de veto, invocado cuando se albergan cuestionamientos legítimos acerca de la conveniencia financiera de una determinada operación o no se cuenta con suficientes datos para tomar una decisión informada.

 

En efecto, indicó la Superintendencia de Sociedades, un asociado minoritario actúa en forma abusiva cuando se vale del veto para ocasionar un daño u obtener una ventaja injustificada, por ejemplo, cuando bloquea en forma reiterada la adopción de decisiones sociales sin una justificación razonable, movido por diferencias personales con el controlante; o cuando entorpece la gestión de negocios sociales para favorecer a un tercero en el que detente participación.

 

Al igual que sucede con el abuso de mayoría, los asociados que propongan una acción por el ejercicio irregular del derecho de veto deben satisfacer una elevada carga probatoria y acreditar la actuación ilegítima del minoritario.

 

No obstante, la entidad señaló las dificultades conceptuales que conlleva restringir, vía judicial, el ejercicio del derecho de veto, ya que cualquier límite que se imponga respecto del uso de esta prerrogativa puede desdibujar su función como mecanismo de protección de asociados minoritarios.

 

Si el juez no tiene en cuenta factores tales como la finalidad para la cual fue conferido el veto o el trasfondo real de las relaciones entre los asociados, podrían frustrarse las expectativas económicas legítimas de los minoritarios y dejarlos indefensos ante la conducta oportunista del controlante. Por lo tanto, el juicio de la conducta dependerá de las circunstancias particulares de cada caso.

 

Carencia de información

 

En el caso analizado, la superintendencia consideró que el demandado no actuó en forma abusiva al votar en contra de la capitalización de la compañía, pues de acuerdo con las pruebas recaudadas, las propuestas de la operación no obedecían a la necesidad de cumplir con las órdenes impartidas por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, por lo que se evidenció el interés del controlante por expandir la capacidad industrial.

 

Además, se pudo comprobar que, aunque la motivación de la demandante era meritoria, ella misma aceptó conferir el derecho de veto, respecto de todas las propuestas sometidas a consideración del máximo órgano social, por lo que no se podía decidir de manera unilateral emprender planes de expansión, sin concertar los términos con el minoritario.

 

(Supersociedades, Sent. 800-50, mayo 8 - 15)

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