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Derecho de retracto del Estatuto del Consumidor no cobija la venta de tiempo compartido turístico (2:00 p.m.)

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13 de Febrero de 2013

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La Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor) es aplicable sobre los contratos celebrados con agencias de viaje y, por lo tanto, el consumidor tiene derecho a retractarse en el término de cinco días, los cuales se cuentan desde la entrega efectiva del bien o desde la celebración del acuerdo, a menos que exista una regulación especial, como sucede con el tema del tiempo compartido, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. El Decreto 774 del 2010 reguló el derecho de retracto en la venta de tiempo compartido turístico y amplió a 30 días el término del consumidor para retractarse, siempre que no haya disfrutado el servicio.

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