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Decretos reglamentarios únicosLimitan número de integrantes del comité directivo del Fontur (10:27 a.m.)

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28 de Octubre de 2015

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Por medio del Decreto 2094 del pasado 23 de octubre, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo modificó las secciones 4 y 7 del capítulo 2º del título 4º de la parte 2ª del libro 2º del Decreto 1074 del 2015, único reglamentario del sector, en el sentido de limitar el número de integrantes del comité directivo del Fondo Nacional de Turismo (Fontur), con el fin de simplificar trámites, procesos y procedimientos para la aprobación de los proyectos que sean puestos a su consideración, sin afectar la participación mayoritaria de las organizaciones gremiales de aportantes. Así las cosas, el mencionado comité estará conformado por siete miembros, así: el Ministro de Comercio, Industria y Turismo o quien este delegue, el Viceministro de la misma cartera, el Presidente de Procolombia y cuatro representantes de organizaciones gremiales de aportantes de la contribución parafiscal, quienes serán elegidos para ejercer su cargo durante un periodo de dos años, el cual comenzará el 15 de diciembre del año de la elección y culminará el 14 de diciembre del año impar siguiente.

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