12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Decretos reglamentarios únicosLimitan universo de vigilados que deben registrar bases de datos y definen nuevas fechas para el proceso (3:22 p.m.)

19 de Enero de 2018

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Nota:
59054
De acuerdo con un reciente decreto expedido por el Ministerio de Comercio, serán objeto de inscripción en el registro nacional las bases de datos que contengan datos personales cuyo tratamiento automatizado o manual sea realizado por los responsables que reúnan las siguientes características: (i) sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 UVT y (ii) personas jurídicas de naturaleza pública. Es de advertir que se excluyen las personas naturales. La inscripción se llevará a cabo en los siguientes plazos: a)sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 610.000 UVT, a más tardar, el 30 de septiembre del 2018; b) sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 y hasta 610.000 UVT, a más tardar, el 30 de noviembre del 2018 y c) personas jurídicas de naturaleza pública, a más tardar, el 31 de enero del 2019. El proceso se debe adelantar de conformidad con las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Industria y Comercio. Las bases que se creen con posterioridad al vencimiento de los plazos referidos deberán inscribirse dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de su creación.

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