Mercantil
Contratos de arrendamiento de vivienda suscritos antes de la Ley 820 aumentan el 3 %
12 de Febrero de 2013
La Secretaría del Hábitat de Bogotá elaboró un instructivo sobre la regulación del contrato de arrendamiento de vivienda urbana, en cuanto al incremento del canon antes y después del 10 de julio del 2003, fecha en que entró en vigencia la Ley 820.
De acuerdo con el manual, el canon de arrendamiento mensual no puede superar el 1 % del valor comercial del inmueble, que a su vez no puede superar dos veces el avalúo catastral vigente.
Para los contratos suscritos con posterioridad al 10 de julio del 2003, la renta puede aumentar con el IPC del año inmediatamente anterior (2,44 % para el 2012), indicó la entidad.
En el caso de los contratos suscritos antes de esta fecha, el incremento corresponde a la meta de inflación proyectada por el Banco de la República (3 % para el 2013).
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