Mercantil
Contador independiente puede certificar variación de contabilidad por aumento de capital en SAS
04 de Septiembre de 2013
Aunque el aumento de capital de la compañía no es una reforma estatutaria, si se da al tope del autorizado, conlleva una variación en la contabilidad. Por lo tanto, el hecho debe ser certificado para su inscripción en el registro mercantil, señaló la Superintendencia de Sociedades.
En el caso de las sociedades por acciones simplificadas (SAS), que no están obligadas a tener revisor fiscal, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 1258 del 2008, las certificaciones y los dictámenes pueden ser expedidos por un contador público independiente.
La decisión debe ser puesta en conocimiento del máximo órgano social, plasmada en el acta de la asamblea respectiva e inscrita en el registro mercantil, cuya publicidad opera no solo frente a los asociados y a la sociedad, sino frente a terceros en general, precisó la superintendencia.
(Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-90535, jul. 23/13)
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