Mercantil
Con Ley de Espectáculos Públicos, endurecen vigilancia a sociedades de gestión
28 de Diciembre de 2011
El pasado 26 de diciembre, el Gobierno sancionó la Ley 1493, que pretende crear estímulos tributarios y reducir los trámites administrativos para fomentar la industria del espectáculo público.
En materia fiscal, los espectáculos públicos de las artes escénicas y sus servicios artísticos estarán exentos del IVA. Además, las inversiones en infraestructura de proyectos para escenarios destinados a la realización de estos espectáculos serán deducibles del impuesto de renta en un 100 %.
De otro lado, la norma dispone la creación de una ventanilla única de registro y atención a los productores de los espectáculos públicos, para obtener los permisos que permitirán realizar los eventos.
Adicionalmente, se regula la competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) para inspeccionar, vigilar y controlar a las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos y a sus entidades recaudadores.
La DNDA estará encargada de otorgar la personería jurídica a estas sociedades. También podrá realizar auditorías y, de esta manera, analizar su información contable, jurídica y administrativa. Igualmente, la entidad podrá iniciar investigaciones e imponer sanciones administrativas.
Así mismo, la unidad administrativa podrá ejercer control de legalidad a los estatutos y al presupuesto aprobado por las sociedades.
Entre las medidas cautelares por imponer cuando se cometa una infracción por parte de una sociedad, se destaca la suspensión de funciones y de personería jurídica.
Por otra parte, la DNDA podrá tomar posesión de una sociedad para administrarla o liquidarla, cuando esta no pueda gestionar los derechos o contratos o se rehúse a dar información veraz.
La ley limita en un 20 % el monto de los gastos administrativos de las sociedades y señala que una sociedad nueva podrá solicitar a la DNDA que autorice máximo un 30 % para esos gastos en los dos años siguientes a su autorización de funcionamiento.
(L. 1493, dic. 26/11)
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