15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Cobro de certificados de deuda compete a las partes del crédito de libranza (11:18 a.m.)

21 de Junio de 2016

Reproducir
Nota:
125719
Tanto en la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor) como en el Decreto 1074 del 2015, único reglamentario del sector Comercio, Industria y Turismo, se establecen las reglas generales para la celebración de contratos mediante sistemas de financiación. En este sentido, se destaca el deber de información a cargo de proveedores o expendedores de bienes o servicios a crédito, quienes deberán indicar en forma expresa, clara y precisa las condiciones bajo las cuales se otorgará la financiación, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. No obstante, a la fecha no ha sido emitido ningún instructivo sobre expedición de certificados, por lo que el trámite se realizará conforme a lo que pacten las partes o a lo informado al consumidor al celebrar el contrato. La consulta se refería a la legalidad o no del cobro de un certificado de deuda frente a un crédito de libranza con una empresa.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)