Mercantil
Bien puede cambiarse por uno de distinta marca, si esto no contraría el régimen de consumo
03 de Mayo de 2013
Aunque la ley no lo prevé, consumidor y proveedor pueden llegar a un acuerdo para cambiar el bien por uno de otra marca, cuando presente fallas y deba hacerse efectiva la garantía, siempre y cuando no se contraríe el régimen de consumo ni se limiten los derechos del consumidor, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio.
Además, si el productor o proveedor que hace efectiva la garantía a través de la entrega de un bien nuevo no tiene disponible uno de similares características y especificaciones, debe entregar un bien que lo supere, pero nunca de características inferiores, advirtió la entidad.
Si el bien ha sido reparado y se presenta una nueva falla que no está relacionada con la anterior, el productor o proveedor podrá reparar el bien y, solo cuando se presente nuevamente esa segunda falla, el consumidor puede exigir la entrega de un bien nuevo o la devolución del dinero.
(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 13033185, abr. 3/13)
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