Argumentar uso indebido del bien para negar la garantía requiere pruebas
04 de Diciembre de 2018
La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) declaró que una compañía comercializadora de celulares vulneró los derechos de una consumidora y, en consecuencia, le ordenó que, a título de efectividad de la garantía, cambie el teléfono objeto de controversia por uno nuevo o de iguales características o especificaciones técnicas, dentro de los 10 días siguientes a la ejecutoría de la decisión, término que de incumplirse acarrearía una multa en favor de la entidad.
La Superindustria corroboró que el celular de alta gama adquirido por la demandante en las instalaciones del proveedor demandado presentó fallas de funcionamiento en vigencia de la garantía, puesto que después de apagarse intempestivamente no volvió a encender. (Lea: ¿Qué hacer si después de solicitada la garantía de un producto persiste el daño?)
Si bien el servicio técnico recibió oportunamente el aparato para revisión, el mismo fue devuelto a la consumidora con el diagnostico de “uso indebido por parte del usuario”, acompañado del no seguimiento de las instrucciones de manejo.
No obstante, la entidad hizo ver que en el expediente no obra prueba alguna que permita confirmar lo manifestado por la compañía demandada, es decir, un informe técnico completo que especifique los procedimientos efectuados que permitieron llegar a esa conclusión, razón que motivó la decisión adoptada en beneficio de la usuaria.
Obligación de garantía
Todo lo anterior motivó a que la Superindustria recordara que en el marco de la obligación de garantía los consumidores tienen derecho a obtener la reparación totalmente gratuita del bien cuando se presente una falla y en caso de repetirse podrá obtener a su elección una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o el cambio del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas. (Lea: Si hay varios precios el consumidor paga el más bajo)
Cuando se trata de prestación de servicios, frente al incumplimiento por parte del proveedor, el consumidor tiene el derecho a exigir que se preste en las condiciones originalmente pactadas o la devolución del precio pagado.
Superindustria y Comercio, Sentencia 14004, Nov. 2/18.
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