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Mercantil


Amplían término para que cámaras de comercio reintegren a beneficiarios de la Ley de Formalización pagos por concepto de matrícula mercantil

22 de Diciembre de 2011

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Nota:
27567

Ante el gran número de quejas de empresas que no pudieron acceder a los beneficios sobre progresividad en el pago de la matrícula mercantil previstos en el artículo 7° de la Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley 1429/10), debido a que algunas cámaras de comercio consideraron que solo cobijaban a compañías registradas con posterioridad a su reglamentación (Dec. 545/11), la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) expidió, el pasado 31 de agosto, una norma para corregir ese fenómeno.

 

En ella, aclaró que los beneficios cobijan a los comerciantes que se registraron a partir del 29 de diciembre del 2010, fecha de sanción y publicación oficial de la Ley 1429, y cumplan con las condiciones previstas en la misma. Para acogerse, tales empresarios deben diligenciar un formulario aprobado por la Superindustria.

 

Dentro del mes siguiente a la publicación de la Circular Externa 19 del 31 de agosto, las cámaras debían informarles dicha circunstancia a las personas naturales y jurídicas que se registraron entre el 29 de diciembre del 2010 y el 28 de febrero del 2011, a través de diferentes medios.

 

Así mismo, dentro del mes siguiente a la fecha de presentación del citado formulario, debían devolverles los derechos cancelados por concepto de matrícula y, si es del caso, el 50 % de los derechos de renovación para el año 2011.

 

Finalmente, la citada circular autorizó acordar métodos de compensación con el comerciante, que deben ser informados a la Superindustria.

 

El plazo de notificación a los comerciales fue aplazado, en primera instancia (Circ. Externa 21/11), hasta el 1° de noviembre del 2011, y ahora, hasta el próximo 30 de diciembre, según la Circular Externa 27 del 14 de diciembre.

 

La medida implica también la prórroga del plazo para la devolución de los dineros y el pago de la eventual compensación.

 

(Superindustria, Circ. Externa 27, dic. 14/11)

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