Actos de personas jurídicas que deban registrarse en cámaras de comercio no requieren presentación personal (1:00 p.m.)
11 de Diciembre de 2017
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Nota:
58378
De acuerdo con lo previsto en la Sentencia C-634 del 2012, por la cual se declaró inexequible la expresión “y de las actas de asamblea general de accionistas, junta de socios y demás actos de personas jurídicas que deban registrarse ante las cámaras de comercio, las cuales deberán ser presentadas personalmente por sus otorgantes ante el secretario de la respectiva cámara”, y teniendo en cuenta lo previsto en el inciso 3 del artículo 25 del Decreto Ley 19 del 2012, los actos de las personas jurídicas que deban registrarse ante las cámaras no requieren de presentación personal ante el secretario de estas entidades, por considerarse auténticos.
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