Accionista que inicia venta de acciones no ejerce derecho de preferencia a su favor (9:20 a.m.)
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17 de Julio de 2018
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Cuando un accionista activa el mecanismo de venta de parte o del total de su participación accionaria, conforme a lo previsto en los estatutos sociales, lo hace sin sujetarse al ejercicio del derecho de preferencia a su favor, pues no se trata de adquirir ninguna participación que le permita aumentar su porcentaje dentro del capital social, sino, por el contrario, disminuir o extinguir tal participación, precisó la Superintendencia de Sociedades. Si no fuera así, se estaría vulnerando el principio de la libre negociabilidad de las acciones, así como el principio de que nadie está obligado a la permanencia dentro de una sociedad.
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