Matriz que se sirve de sus subordinadas para adquirir materias primas no vulnera régimen de protección a la competencia (8:32 a.m.)
24 de Marzo de 2017
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Nota:
54711
De acuerdo con lo previsto en los artículos 13 y 100 de la Constitución Política, los nacionales y extranjeros tendrán los mismos derechos civiles en el territorio nacional, situación que no es ajena a la libertad económica. Por lo tanto, el hecho de preferir el suministro de bienes de una sociedad extranjera sobre una nacional no puede considerarse, en modo alguno, vulneradora del régimen jurídico y menos en materia de competencia, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio. En lo que tiene que ver con las concentraciones empresariales verticales, cuando una matriz se sirve de sus subordinadas, bien sea para adquirir materias primas o vender dentro de la cadena de valor sus productos finales a las otras sociedades, no se puede concluir una vulneración al régimen de protección a la competencia, pues dentro de las causas que motivan a dichas operaciones lícitas están las de generar sinergias entre los entes empresariales en pro de la eficiencia de procesos productivos o administrativos.
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