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Los árbitros pueden fijar prestaciones sociales fundadas en la situación financiera de la empresa (12:22 p.m.)

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15 de Abril de 2013

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La Corte Suprema declaró exequible un laudo que fijó el aumento de salarios de unos trabajadores afiliados a organizaciones sindicales que presentaron pliego de peticiones. A juicio de la Sala Laboral, no le asiste razón a la Unión Nacional de Empleados Bancarios (UNEB), que solicitó anular la disposición sobre salario mínimo convencional, ya que a su juicio los árbitros obraron con mesura al resolver el incremento de prestaciones sociales, según precios al consumidor, teniendo en cuenta la situación financiera del empleador y buscando uniformidad con los reconocimientos otorgados en el pacto colectivo (M. P. Rigoberto Echeverri Bueno).

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