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Superindustria ordena a aerolínea devolver dinero de tiquetes por impedir acceso de pasajeros

26 de Septiembre de 2013

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Nota:
23085

La Superintendencia de Industria y Comercio le ordenó a la empresa Fast Colombia SAS (Viva Colombia), a título de efectividad de la garantía, devolver el valor de unos tiquetes aéreos y, adicionalmente, pagar una multa de 14.737.500 pesos (25 salarios mínimos mensuales).

 

La decisión, tomada dentro de un proceso jurisdiccional de protección al consumidor, es la primera en su naturaleza desde la expedición de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor).

 

En el caso analizado, los demandantes adquirieron pasajes para la ruta Santa Marta – Medellín y se presentaron 55 minutos antes para hacer el check-in. Sin embargo, el personal de servicio les informó que el vuelo ya había sido cerrado y, por lo tanto, no podían abordarlo.

 

Según la entidad, la situación evidenció un claro defecto en la prestación del servicio contratado, específicamente, en la información que la aerolínea debió suministrarles a los consumidores al realizar la compra de los tiquetes.

 

Contra esta decisión no procede ningún recurso, pues se trata de un proceso judicial de mínima cuantía y única instancia.

 

(Superintendencia de Industria y Comercio, Sentencia 921, sep. 10/13)

 

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