Mercantil
Representante legal de la compañía puede ser contador de la misma
01 de Septiembre de 2014
No existe disposición legal que le prohíba al contador público desempeñar de manera simultánea los cargos de representante legal y contador en una compañía, siempre y cuando no exista confusión de funciones que genere traumatismos para la misma o para terceros y que los estatutos no establezcan lo contrario, indicó la Superintendencia de Sociedades.
En todo caso, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 43 de 1990, está obligado a observar los principios básicos de la ética profesional al dar fe pública de hechos inherentes a su oficio, como son la imparcialidad, la confianza y la confidencialidad, que podrían verse afectados en algún momento.
No sucede lo mismo con el revisor fiscal, a quien el artículo 205 del Código de Comercio le prohíbe expresamente ejercer el cargo en una empresa de la cual es asociado y en sus subordinadas, e inclusive ocupar otros cargos a quienes sean asociados o estén ligados por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad.
Así mismo, quienes sean consocios de los administradores y funcionarios directivos, cajero, auditor o contador de la misma sociedad o a quienes desempeñen cualquier otro cargo en la misma compañía o en una subordinada.
(Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-108782, jul. 11/14)
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