Mercantil
Entrada en vigencia de NIIF no modificó disolución por pérdidas que reducen patrimonio neto
05 de Marzo de 2015
La causal de disolución prevista en el numeral 2º del artículo 457 del Código de Comercio, relacionada con las pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del 50 % del capital suscrito, no sufrió ninguna modificación con la entrada en vigencia de las NIIF, precisó la Superintendencia de Sociedades.
Por lo tanto, su aplicación es independiente de las normas contables que se utilicen en el momento de la evaluación de la situación patrimonial de la compañía, para determinar si se incurre en causales de disolución.
Presentada la causal mencionada y siendo debidamente conocidos los estados financieros, los asociados podrán adoptar medidas para enervarla, dentro de los 18 meses siguientes a su ocurrencia, con el fin de restablecer el patrimonio, de acuerdo con la Ley 1429 del 2010, indicó la entidad.
Dentro de las medidas que se pueden tomar, está la venta de bienes valorizados, la reducción del capital suscrito, la capitalización (emisión de nuevas acciones) o utilizar las reservas que tenga la sociedad, etc.
El desconocimiento de este precepto hará solidariamente responsables a los administradores, por los perjuicios que causen a los accionistas o a terceros respecto de las operaciones realizadas después de la fecha en que se verifiquen o constaten las pérdidas, señaló la superintendencia.
(Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-13816, feb. 16/15)
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