Mercantil
Empresa en reorganización puede celebrar contratos con entidades públicas o privadas
04 de Septiembre de 2013
Una empresa que esté adelantando el proceso de reorganización regulado por la Ley 1116 del 2006 (régimen de insolvencia empresarial) puede seguir celebrando contratos con entidades públicas o privadas, en desarrollo de su objeto social, señaló la Superintendencia de Sociedades.
Lo anterior debido a que el fin de la norma es que se preserven las empresas viables, buscando normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, de manera que puedan seguir desarrollando las actividades correspondientes al giro ordinario de sus negocios.
Así mismo, la disposición califica como ineficaz, sin necesidad de declaración judicial, toda estipulación que impida o dificulte la participación del deudor en licitaciones públicas o privadas en igualdad de condiciones.
(Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-90538, jul. 23/13)
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