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Mercantil


Consumidores pueden recolectar pruebas en establecimientos de comercio

Prohibir la obtención de material probatorio en esos casos es una restricción injustificada al derecho de acción y a la protección constitucional de los consumidores.
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17 de Septiembre de 2013

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Permitir que los consumidores tomen fotografías en establecimientos de comercio para allegarlas en un proceso de protección al consumidor no es una limitación irrazonable y desproporcionada a la libertad económica y de empresa, afirmó la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

En cambio, prohibir la obtención de material probatorio en esos casos sí es una restricción injustificada al derecho de acción y a la protección constitucional de los consumidores, explicó la entidad.

 

Sin embargo, los proveedores pueden regular la forma de operar y las reglas aplicables en la materia, siempre y cuando respeten los derechos de los interesados, aclaró.

 

(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 143781, jul. 29/13)

 

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