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20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Instrucciones especiales de Superfinanciera para la financiación colaborativa a través de valores

28 de Julio de 2021

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Nota:
129774

Con los decretos 1357 del 2018 y 1235 del 2020, incorporados en el Decreto 2555 del 2010, se reguló la actividad de financiación colaborativa a través de valores, la cual permite a las pequeñas y medianas empresas financiar sus proyectos productivos por medio de la emisión de valores de financiación colaborativa. Así, la Superintendencia Financiera impartió instrucciones en la materia.

 

Por ejemplo, creó el Capítulo III del Título II de la Parte III de la Circular Básica Jurídica, relacionado con tal actividad.

 

También modificó el numeral 2 del Capítulo IV del Título IV de la Parte I de la Circular “Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo”, para precisar la aplicación de las instrucciones a las entidades que desarrollan la actividad de financiación colaborativa.

 

Adicionó, además, el subnumeral 3.4.13 al Capítulo I del Título III de la Parte I “Acceso de información al consumidor financiero”, para incluir las reglas en materia de suministro de información a los aportantes y receptores por parte de las entidades que desarrollan dicha actividad.

 

Las entidades que se encuentren desarrollando las actividades de financiación colaborativa tendrán seis meses, contados a partir de la publicación de la nueva circular, para implementar las instrucciones establecidas.

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