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Indican cómo una persona natural no comerciante puede acceder al régimen de insolvencia de la Ley 1116 del 2006 (1:09 p.m.)

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18 de Noviembre de 2014

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Una persona natural no comerciante puede acceder al régimen de insolvencia previsto en la ley 1116 del 2006, siempre que lo haga en forma conjunta con varios deudores vinculados por su carácter de matrices, controlantes o subordinados o grupos de empresas, precisó la Superintendencia de Sociedades. El Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012) establece dos excepciones para aplicar el régimen mencionado a las personas naturales no comerciantes. De acuerdo con lo previsto en el Decreto 1038 del 2009, se entiende por grupo de empresas el conjunto integrado de personas naturales o jurídicas, patrimonios autónomos o entes de cualquier otra naturaleza que intervengan en actividades de carácter económico, vinculados o relacionados entre sí por su carácter de matrices, controlantes o subordinados o porque la mayor parte de sus capitales pertenece o está bajo la administración de las mismas personas jurídicas o naturales, ya sea porque obran directamente o por conducto de otras personas o de patrimonios autónomos. Así mismo, se entiende que forman parte de un grupo de empresas aquellos vinculados entre sí porque son garantes unos de otros y las empresas que se encuentren en los supuestos establecidos en la ley.  

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