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04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 14 horas | ISSN: 2805-6396

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IMPORTANTE: Conozca cómo postularse para ser auxiliar de la justicia del régimen de insolvencia empresarial

05 de Octubre de 2021

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La Superintendencia de Sociedades abrió convocatoria pública para la inscripción en los cargos de promotores, liquidadores y agentes interventores en la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por esa entidad.

 

 

 

 

El término de inscripción a la convocatoria inició a la 08:00 a. m. horas de este martes 5 de octubre y expirará el lunes 25 del mismo mes, a las 4:59 p. m. El aspirante deberá solicitar su inscripción, para lo cual diligenciará en su totalidad y remitirá el formulario electrónico de inscripción, disponible en la página web de la entidad.

 

La citación al examen habilitante se realizará el mismo día de la publicación de la lista definitiva de admitidos. Solamente podrán presentar el examen quienes aparezcan en ella. La citación se realizará a través de la página web de la entidad, en la cual se fijarán la fecha, hora, lugar y consideraciones para la presentación del examen. En la citación se informará si el examen se llevará a cabo de forma presencial o virtual.

 

Para aprobar el examen, cada aspirante deberá responder correctamente, al menos, el 70 % de las preguntas. Cada prueba se calificará de manera individual, es decir, que el aspirante podrá aprobar todas o algunas de las competencias para las cuales presentó el examen. En todo caso, todos deberán aprobar la parte general, independientemente del número de cargos a los que se presente. Si el aspirante no aprueba la parte general, no le será evaluada la parte correspondiente a las competencias específicas y quedará excluido de la convocatoria.

 

Documentos que deberán presentarse:

 

  1. Copia del documento de identidad.

 

  1. Declaración que acredite la jurisdicción del aspirante.

 

  1. Certificaciones de experiencia profesional que acrediten el cumplimento de los requisitos específicos para la inscripción en las distintas categorías.

 

  1. Certificaciones que acrediten el sector o los sectores en los cuales tiene experiencia específica el aspirante.

 

  1. Certificaciones que acrediten el nivel al que pertenece la infraestructura técnica y administrativa del aspirante.

 

  1. Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos del grupo de profesionales y técnicos que le prestarán servicios en el desarrollo de sus funciones como auxiliar de la justicia.

 

  1. Declaración relativa a si se encuentra incurso en alguna situación que conlleve un conflicto de interés.

 

  1. Acta o actas de grado correspondientes a alguna de las profesiones comprendidas en las áreas de ciencias económicas, administrativas, jurídicas, financieras, contables o de ingeniería, específicamente ingeniería industrial.

 

  1. Registro, matrícula o tarjeta profesional, cuando la ley lo exija para el ejercicio de la respectiva profesión.

 

  1. Los demás documentos establecidos en el Decreto 1074 del 2015, incluidos los preceptos contenidos en los artículos 2.2.2.11.2.15.

 

Las personas jurídicas deberán aportar los documentos descritos anteriormente por cada una de las personas naturales vinculadas a esta y, adicionalmente, deberán adjuntar:

 

  1. Certificado de existencia y representación legal que demuestre la debida constitución y donde se refleje que su objeto social contempla como una de sus actividades, la de asesoría y consultoría en procesos de reorganización y liquidación de empresas en intervención.

 

  1. Copia del documento de identidad del representante legal principal, quien representa a la persona jurídica y es responsable por la información presentada por parte de las personas naturales vinculadas a esta.

 

  1. Certificado expedido por el representante legal de la persona jurídica, donde se acredite el vínculo con las personas naturales vinculadas, que en su nombre desarrollarán las funciones de promotor, liquidador y/o agente interventor

 

Quienes estén inscritos en la lista de auxiliares de la justicia vigente podrán, si lo estiman pertinente, presentar los documentos que acrediten requisitos adicionales a los ya registrados ante la superintendencia, con el propósito de acceder a puntajes adicionales. Para el efecto, dispondrán del mismo término de los aspirantes.

 

Los que estén interesados en solicitar el ingreso a un cargo adicional (promotor, liquidador y/o agente interventor), dispondrán del mismo término para manifestarlo por escrito radicado y dirigido al Grupo de Registro de Especialistas. Para estos efectos, el aspirante no deberá hacer una nueva inscripción, ni acreditar algún requisito adicional, que le permita ser habilitado para la presentación del examen.

 

En caso de que solamente se pretenda cambiar de categoría o inscribirse en una o más categorías adicionales y ya cumpla con los requisitos, no deberá surtir el procedimiento de la convocatoria, sino que tendrá que solicitar la recategorización por escrito ante el grupo ya mencionado o solicitar la inscripción simultánea en varias categorías de conformidad con lo dispuesto en Resolución 100-001027 del 24 de marzo del 2020, respectivamente.

 

Con la sola inscripción el aspirante acepta que el medio de información y divulgación oficial durante la convocatoria será la página web de la superintendencia y que esta entidad también podrá comunicarles a los aspirantes toda la información relacionada con el proceso de inscripción a través del correo electrónico que registre. En consecuencia, el registro de un correo electrónico en el formulario de inscripción es obligatorio.

 

Es de aclarar que la entidad expidió dos resoluciones, con la primera definió los términos de la convocatoria y con la segunda hizo modificaciones en la fecha de apertura de la convocatoria.

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