Importación temporal de mercancías debe culminar con la normativa vigente al momento de la operación (10:00 a.m.)
14 de Febrero de 2018
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Nota:
59391
El Consejo de Estado concluyó recientemente que la importación temporal de mercancías debe culminar con la normativa vigente al momento de la operación. Lo hizo al declarar la nulidad de unos actos administrativos por medio de los cuales la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales determinó que una sociedad aduanera había incurrido en un incumplimiento, dentro de una operación de importación temporal a largo plazo en arrendamiento, que coincidió con un cambio en las normas de importación. Encuentre en el documento adjunto de esta nota la aplicación de esta premisa con el caso concreto objeto de estudio por parte de la Sala (C.P. Carlos Enrique Moreno).
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