Hasta la suma de $44.061.905 puede entregarse directamente, sin necesidad de juicio de sucesión (12:00 p.m.)
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25 de Enero de 2011
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La Ley 1395 del 2010 (Ley de Descongestión Judicial), la cual modificó el precepto relativo al beneficio de entrega de depósitos sin juicio de sucesión, previsto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, lo hizo extensivo a los productos que enuncia taxativamente, sin que se pueda exceder el límite establecido en el Decreto 2349 de 1965, el cual es de $44.061.905, entre el 1 de octubre del 2010 y el 30 de septiembre del 2011, de acuerdo con la Carta Circular 74 del 2010. Así lo recordó la Superintendencia Financiera, en reciente oficio.
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