Hacen ajustes relacionados con los requisitos para agentes colocadores de OMA
05 de Febrero de 2021
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Nota:
119033
El Banco de la República remplazó las hojas 2-8, 2-17, 2-A1-1, 2-A1-2, 2-A1-3 y 2-A3-7 del 8 de mayo del 2020 y 2-9, 2-13 y 2-14 del 30 de junio del 2020 de la Circular Reglamentaria Externa DEFI-354, correspondiente al asunto 2: “Control de riesgo en las operaciones de mercado abierto y en las operaciones de liquidez para el normal funcionamiento del sistema de pagos” del Manual corporativo del departamento de estabilidad financiera. Los cambios se realizan con el fin de incluir dentro de los requisitos para el ingreso y mantenimiento de los agentes colocadores de OMA, que pertenezcan a las entidades del grupo A, el cumplimiento de la relación de apalancamiento individual y consolidada. Para el ingreso, tanto la información individual como la consolidada serán certificadas por el representante legal y el revisor fiscal. Para el mantenimiento, la información individual con periodicidad mensual será la suministrada por la Superintendencia Financiera, a partir del corte de enero del 2021. Por su parte, la relación de apalancamiento consolidada formará parte del requerimiento trimestral de solvencia consolidada desde el corte a marzo del 2021. Por último, efectúa ajustes de carácter operativo.
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