Grabación de las comunicaciones telefónicas de los empleados de los intermediarios de valores brinda seguridad y transparencia a sus operaciones (4:30 p.m.)
24 de Septiembre de 2010
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Nota:
68683
La autorización que el Decreto Único del Sistema Financiero, Bursátil y Asegurador (Decreto 2555 del 2010) establece para grabar las comunicaciones telefónicas de los empleados de los intermediarios de valores es, a la vez, una exigencia que la norma ha impuesto a dichos profesionales, con el fin dotar sus operaciones de seguridad y transparencia, así como garantizar la existencia de medios verificables de registro de las negociaciones que se efectúan en dicho mercado. Así lo precisó la Superintendencia Financiera, en concepto de agosto.
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