Superintendencia Financiera debe imponer medidas administrativas sobre los casos de captación ilegal de dinero y darles traslado (4:36 p.m.)
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12 de Mayo de 2011
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Si la Superintendencia Financiera determina la existencia de hechos objetivos y notorios de captación ilegal de dinero, conforme al procedimiento previsto en el Decreto 4334 del 2008, debe imponer las medidas administrativas previstas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y ordenar el traslado de la actuación a la Superintendencia de Sociedades, para que esta inicie la respectiva actuación, sin perjuicio del traslado a las autoridades competentes en materia penal
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