Mercantil
Superindustria imparte instrucciones sobre protección de datos personales
11 de Diciembre de 2012
La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) impartió instrucciones a las centrales de crédito, fuentes y usuarios de información crediticia y financiera acerca de la manera como deben darle cumplimiento a la Ley 1266 del 2008 (Ley de Hábeas Data).
De acuerdo con la Resolución 76434 del pasado 4 de diciembre, las entidades que administren bases de datos deben tomar medidas de seguridad razonables para garantizar que la información personal solo sea suministrada a los titulares, a las personas debidamente autorizadas por estos o a sus causahabientes.
Además, la Superindustria reiteró la obligación de pedir y conservar la autorización de los ciudadanos para ser reportados a las centrales de riesgo y eliminar la información que ha sido reportada sin autorización previa.
Igualmente, para garantizar la calidad de la información, precisó que es necesario indicar las condiciones reales de la obligación en las historias de crédito, así como rectificar la información incorrecta y, de ser el caso, incluir una leyenda en la que se señale la existencia de un reclamo en trámite.
Por otra parte, con el fin de facilitar la solicitud de rectificaciones, actualizaciones o eliminación de datos personales en historias de crédito, las fuentes y los operadores deberán recibir reclamos por medios electrónicos.
Finalmente, para el ejercicio eficiente de la función de control y vigilancia, se establece la remisión de informes periódicos a la Superindustria sobre los reclamos presentados por los titulares o ciudadanos y las causas que los generaron.
(Superintendencia de Industria y Comercio, Resolución 76434, dic. 4/12)
Opina, Comenta