Sentencia Superindustria y ComercioInformación insuficiente e inadecuada sobre el derecho de retracto vulnera los derechos del consumidor (4:22 p.m.)
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22 de Enero de 2018
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Decreto 1499 del 2014, por el cual se regulan las ventas a distancia y las que utilizan métodos no tradicionales, el vendedor debe suministrar con anterioridad a la aceptación de la oferta información clara, veraz y suficiente en relación con el producto ofrecido y las características esenciales del mismo, tales como precio, condiciones y modalidades de ejercicio del derecho de retracto y reversión del pago. Lo contrario implica vulneración de los derechos del consumidor por insuficiente o inadecuada información, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio. En el caso analizado, la demandante recibió una llamada telefónica en la que le ofrecieron una tarjeta de crédito, pero no le brindaron información clara respecto al contrato, por lo que decidió comunicarse con la demandada y solicitar la cancelación del servicio. Sin embargo, días después recibió un paquete con la membresía.
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