Reglamentan ley de pago en plazos justos, que entrará en vigencia el 1º de enero del 2021
23 de Diciembre de 2020
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Nota:
119565
Según la norma, las empresas deberán pagar sus facturas a plazos máximos de 60 días calendario durante el primer año de entrada en vigencia de la ley (2021) y de 45 días a partir del 2022. Aplica a la venta o intercambio profesional de productos (bienes y servicios) de manera onerosa y a cambio de una rentabilidad, sin importar quién la ejerza, es decir, comerciantes o no comerciantes que adelantan operaciones mercantiles. No aplica para pagos derivados de la compra para el consumo directo, préstamos de dinero, contratos de seguro y los que se hacen a título de indemnización por daños, contratos suscritos entre grandes empresas y los que corresponden a procesos de insolvencia de comerciantes y personas naturales no comerciantes. La norma contempla un caso especial para las facturas que se dan en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a las cuales la ley aplicará desde el 2023, a un plazo de 60 días. Adicionalmente, la normativa establece dos hipótesis distintas para determinar el momento a partir del cual inicia a contar el término de la factura: desde la entrega del bien o prestación del servicio, cuando no se está obligado a facturar o la factura se recibe por medios no electrónicos y desde la recepción de la factura, cuando se está obligado a facturar y la factura se recibe por medios electrónicos.
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