Préstamos interbancarios no pueden ser única fuente de recursos de los establecimientos de crédito (3:24 p.m.)
11 de Noviembre de 2015
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Nota:
104379
Si bien los establecimientos de crédito pueden acceder, entre otras fuentes de recursos, a préstamos interbancarios, para la realización de sus actividades, esta no puede convertirse en medio exclusivo de fondeo para celebrar operaciones activas, teniendo en cuenta que las mismas deben realizarse dentro del contexto de su función principal, prevista en el artículo 2° del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF) y consistente en captar recursos del público en depósitos, a la vista o a término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito, precisó la Superintendencia Financiera. Los créditos otorgados en estas condiciones deben cumplir con las normas de cupos individuales de crédito, de relación de solvencia y deberá evitarse que, en su celebración, se generen conflictos de intereses, en caso de realizarse entre matriz y filial.
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