Personerías municipales cuentan con autonomía presupuestal para pagar condenas judiciales en materia laboral y contencioso administrativa (4:37 p.m.)
76174
19 de Agosto de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Las personerías municipales cuentan con autonomía administrativa y presupuestal, por ello las sentencias en firme, dictadas por las jurisdicciones laboral y contencioso administrativa, mediante las cuales se condena al pago de sumas de dinero, deben ser reconocidas y pagadas por estos organismos. El pronunciamiento lo hizo el Consejo de Estado en concepto dado a conocer recientemente y en que daba respuesta a una consulta elevada por el Departamento Administrativo de la Función Pública. La Sala de Consulta y Servicio Civil explicó que aunque las personerías municipales pueden carecer de personería jurídica, ello no es óbice para que efectúen el pago de las condenas judiciales, toda vez que gozan de autonomía administrativa y presupuestal y constituyen una sección dentro del presupuesto del respectivo municipio, lo cual las habilita para atender sus obligaciones y realizar sus pagos (C. P. Gustavo Aponte Santos).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!