No obligadas a informar estados financieros a la Supersociedades deben cumplir lo previsto en el Circular DCIN-83 del 2012 (3:38 p.m.)
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29 de Junio de 2012
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" Las empresas receptoras de inversiones extranjeras y las sucursales de sociedades extranjeras que no estén obligadas a informar sus estados financieros a la Superintendencia de Sociedades deben enviar en documento físico o vía electrónica el formulario No. 15 ""conciliación patrimonial - empresas y sucursales del régimen general"" al Banco de la República, después de realizar la asamblea general ordinaria y, a más tardar, el 30 de junio del año siguiente al del ejercicio social, en cumplimiento de lo previsto en la Circular DCIN-83 del 2012, sobre procedimientos aplicables a las operaciones de cambio. Así lo precisó la entidad, en oficio del 6 de junio. "
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